La Adopción.

 

DEFINICIÓN, según la Real Academia Española de la lengua:

  • Adoptar. Del latín adoptāre).

    • Recibir como hijo, con los requisitos y solemnidades que establecen las leyes, al que no lo es naturalmente.

    • Recibir, haciéndolos propios, pareceres, métodos, doctrinas, ideologías, modas, etc., que han sido creados por otras personas o comunidades.

    • Tomar resoluciones o acuerdos con previo examen o deliberación.

    • Adquirir, recibir una configuración determinada.

En España pueden adoptar cualquier persona mayor de 25 años y que no esté privada de sus derechos fundamentales.

Para iniciarse:

 

 

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 Actualizada el
20/04/2008

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